A menos de dos meses del lanzamiento a órbita de su primer satélite, el Gobierno del Perú ha creado el denominado Registro Nacional de Objetos Lanzados al Espacio Ultraterrestre, en conformidad a las disposiciones de la 29ª Asamblea General de las Naciones Unidas, de fecha 12 de noviembre de 1974, que requiere de los estados miembros el registro de aquellos objetos que sean lanzados a la órbita terrestre o al espacio exterior.
El nuevo registro se crea a iniciativa de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial (Conida), la agencia espacial del Perú, entidad que tendrá la responsabilidad de su administración y custodia.
Las anotaciones que deberá incluir el registro son los convenios celebrados con otros estados para el lanzamiento conjunto de objetos al espacio, designación apropiada del objeto, fecha y lugar de lanzamiento, parámetros orbitales básicos (período nodal, inclinación, apogeo y perigeo), función general del objeto, nombre y domicilio de los propietarios, identificación de las empresas que participaron en su construcción, prestador del servicio de lanzamiento, información sobre los seguros contratados, responsable del control del objeto espacial, ubicación y características de la estación de control del satélite, frecuencias y potencias de transmisión a bordo, masa del objeto, vida útil prevista, precauciones ambientales y mecanismos de desplazamiento al fin de su vida útil, fecha prevista de desintegración, pérdida de contacto o recuperación, marca identificadora en partes no desintegrables.
Conida tendrá además que anotar cualquier evento o accidente que afecte al objeto durante su vida útil.
Finalmente, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú notificará al secretario general de las Naciones Unidas sobre la creación del registro de objetos lanzados al espacio.
Foto: Airbus Defence and Space